martes, 22 de enero de 2008

Conducir con epilepsia


Ante el aumento de los accidentes cabe preguntarse sobre la incidencia de ciertas afecciones que aquejan a algunos conductores. El ISEV, Instituto de Seguridad y Educación Vial, presentó un amplio informe sobre una de esas afecciones: la epilepsia. A continuación transcribimos un extracto de dicho informe.

La conducción de vehículos enla vía pública, no entraña un derecho absoluto, quien solicita dicha autorización, debe probar que cumple con todas las exigencias legales, tanto en los aspectos psicofísicos como de habilidad y destreza.

Y la autoridad, no la puede denegar arbitrariamente; su negativa debe estar fundamentada debidamente en las excepciones que la misma ley establece, para evitar menoscabar el derecho en expectativa que todo ciudadano posee.

Conducir un vehículo es una tarea compleja que relaciona percepción, juicio, capacidad física y respuesta adecuada; en consecuencia, hay un número importante de patologías y tratamientos que pueden comprometer dicha actividad, tal es el caso de las personas que sufren epilepsia.

La epilepsia es un trastorno en la actividad eléctrica del cerebro, que puede presentarse a cualquier edad, pero es más frecuente durante los primeros 20 años de vida y después de los 50. Una crisis epiléptica es un fenómeno que aparece en forma súbita e inesperada, afecta temporalmente la habilidad de un individuo para pensar o actuar normalmente y presenta la posibilidad de recurrencia.

Los exámenes a realizar para el otorgamiento de una licencia de conducir comprenden:

Una constancia de aptitud física; de aptitud visual; de aptitud auditiva y de aptitud psíquica.
Los especialistas médicos sostienen que, si bien es correcto atender a todos los factores que pueden influir negativamente en la prevención de los accidentes de tránsito, justo es también, mirar a la epilepsia en perspectiva con otras causas generadoras de los mismos. De información obtenida en países desarrollados, de 10.000 accidentes de tránsito, 500 son por el consumo de alcohol, 100 por conductores jóvenes del sexo masculino, 6 por muerte súbita, y sólo 1 por epilepsia. Por ello, otras medidas para aumentar la seguridad vial son el control en el consumo de alcohol, especialmente en jóvenes menores de 25 años y del sexo masculino, los teléfonos celulares y otras distracciones dentro del vehículo.

En la epilepsia, como en tantas otras enfermedades, se debe usar el sentido común, y balancear el riesgo de una determinada actividad y las necesidades de los pacientes. Está claro que el paciente con epilepsia está legalmente obligado a cumplir con las restricciones del caso, y los médicos en actuar de buena fe para proteger la seguridad de sus pacientes.

Asimismo, sostienen que, tal vez, el tema pasa por analizar cada caso individual y preguntarse: "Este determinado individuo que está en el consultorio o en la sala de examen, representa un riesgo para él y para los demás?" Restringirle a una persona la posibilidad de conducir un vehículo, es un acto que requiere una gran responsabilidad por parte de la autoridad encargada en la materia. Tal vez en este punto, los avances científicos y médicos, sean los encargados de ir trazando las líneas directrices que permitan autorizar o desestimar, en cada caso concreto, la autorización a un paciente epiléptico. Por su parte, la normativa ha de seguir al mismo ritmo que la ciencia, para que no se produzcan injustos retrasos que, le impidan a alguien trasladarse en un vehículo como conductor apto del mismo.

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